Por: Paola Ximena Mantilla, Trabajadora Social y Consejera Nacional de Salud Mental por Organizaciones

La inclusión de las personas con discapacidad es una prioridad que requiere el compromiso del Estado para avanzar sin retrocesos. El principio de progresividad, consagrado en la **Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD)**, ratificada por Colombia mediante la **Ley 1346 de 2009**, y en la **Constitución Política (Artículos 13 y 93)**, obliga a garantizar los derechos económicos, sociales y culturales de manera progresiva, prohibiendo medidas regresivas injustificadas.

El **Observatorio de Personas con Discapacidad de Risaralda**, creado por la **Ordenanza No. 022 de 2022** y reglamentado por el **Decreto No. 297 de 2023**, es un pilar clave para cumplir este mandato. Su labor de recopilar datos, articular información y proponer políticas públicas inclusivas es fundamental para superar las barreras que enfrentan las personas con discapacidad en el departamento, especialmente ante la falta de datos que limita la inclusión efectiva.

Disolver el Observatorio sería un retroceso inaceptable según el principio de no regresión, respaldado por la **Corte Constitucional (Sentencia C-025/21)**, la **Ley 1618 de 2013** y la **Ley 1145 de 2007**. La insuficiencia de financiación no justifica su eliminación; por el contrario, subraya la necesidad de fortalecer este mecanismo para cumplir con el **Artículo 31 de la CDPD**, que exige datos para políticas inclusivas.

Instamos a la Gobernación de Risaralda y a la sociedad civil a proteger y potenciar el Observatorio. Su rol es esencial para construir un departamento inclusivo donde las personas con discapacidad ejerzan plenamente sus derechos. ¡La progresividad es un compromiso irrenunciable! 

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